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Vencimientos DIAN 2026

Vencimientos de la renta de personas jurídicas en 2026

Las personas jurídicas declaran renta del año gravable 2025 en dos cuotas: la primera en mayo de 2026, que incluye la presentación de la declaración y el pago, y la segunda en julio de 2026, que es sólo pago. El día exacto depende del último dígito del NIT.

Fuente: calendario tributario oficial de la DIAN. Última revisión: 2026-08-01.

Fechas por el último dígito del NIT

Busque la columna del último dígito de su NIT — uno solo. Los dos últimos dígitos aplican únicamente a la renta de personas naturales.

Fechas de vencimiento de Renta — Personas jurídicas en 2026 según el último dígito del NIT.
Periodo Obligación Vence en 1 2 3 4 5 6 7 8 9 0
1.ª cuota Declaración y pago mayo 12 13 14 15 19 20 21 22 25 26
2.ª cuota Pago julio 9 10 14 15 16 17 21 22 23 24

El calendario de la DIAN sólo usa días hábiles. Las fechas de esta tabla son las del calendario oficial vigente para 2026.

Quiénes están obligados

  • Las sociedades y demás personas jurídicas contribuyentes del impuesto sobre la renta que no hayan sido calificadas como grandes contribuyentes por la DIAN.
  • Las entidades del régimen tributario especial y las que estén obligadas a declarar por su naturaleza, en los términos y con las particularidades que fija la norma para cada caso.

El calendario de personas jurídicas tiene una asimetría que conviene entender: la declaración se presenta una sola vez, en mayo, pero el impuesto se paga en dos momentos. La segunda cuota de julio no es una segunda declaración — es el saldo de la misma.

Y la fecha de mayo es la que manda. Todo el trabajo real de la renta de una sociedad — cierre contable, conciliación fiscal, depuración, soportes — tiene que estar listo para esa fecha, no para la de julio.

Qué pasa si se pasa la fecha

Presentar después del vencimiento genera la sanción por extemporaneidad del artículo 641 del Estatuto Tributario, que se liquida por cada mes o fracción de mes de retardo, más los intereses de mora sobre el saldo a pagar. La sanción la liquida el propio contribuyente dentro de la declaración.

Como se cuenta por mes o fracción, el costo no crece día a día sino a saltos: cruzar el mes de retardo suma una fracción completa. Detectar un vencimiento vencido el día 28 y presentarlo ese mismo día cuesta bastante menos que hacerlo el día 32.

Existe además la sanción mínima del artículo 639 del Estatuto Tributario, que fija un piso: por pequeña que sea la declaración, la sanción nunca baja de ese monto.

Dudas

Renta — Personas jurídicas

¿La segunda cuota de julio también se declara?

No. En julio sólo se paga. La declaración se presenta con la primera cuota, en mayo, y la de julio corresponde al saldo del mismo impuesto ya declarado.

¿Puedo pagar todo el impuesto en la primera cuota?

Sí. El calendario fija los plazos máximos de cada cuota, no una obligación de fraccionar. Pagar la totalidad en mayo es válido y evita el riesgo de olvidar la fecha de julio.

¿Qué diferencia hay con el calendario de grandes contribuyentes?

Los grandes contribuyentes pagan en tres cuotas y empiezan antes: la primera es un pago en febrero, anterior a la presentación de la declaración, que va con la segunda cuota en abril. Las demás personas jurídicas declaran y pagan por primera vez en mayo.

Otros vencimientos de 2026

¿No sabe cuáles de estas obligaciones le aplican? Lo revisamos con usted.

No pierda un vencimiento en 2026

Llevamos su calendario completo: presentamos cada declaración, le avisamos antes de la fecha y le confirmamos el pago.