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Vencimientos DIAN 2026

Vencimientos del IVA bimestral en 2026

El IVA bimestral de 2026 se declara y paga en seis periodos: enero-febrero vence en marzo, marzo-abril en mayo, mayo-junio en julio, julio-agosto en septiembre, septiembre-octubre en noviembre, y noviembre-diciembre en enero de 2027. El día exacto depende del último dígito del NIT.

Fuente: calendario tributario oficial de la DIAN. Última revisión: 2026-08-01.

Fechas por el último dígito del NIT

Busque la columna del último dígito de su NIT — uno solo. Los dos últimos dígitos aplican únicamente a la renta de personas naturales.

Fechas de vencimiento de IVA bimestral en 2026 según el último dígito del NIT.
Periodo Obligación Vence en 1 2 3 4 5 6 7 8 9 0
Enero – febrero Declaración y pago marzo 10 11 12 13 16 17 18 19 20 24
Marzo – abril Declaración y pago mayo 12 13 14 15 19 20 21 22 25 26
Mayo – junio Declaración y pago julio 9 10 14 15 16 17 21 22 23 24
Julio – agosto Declaración y pago septiembre 9 10 11 14 15 16 17 18 21 22
Septiembre – octubre Declaración y pago noviembre 11 12 13 17 18 19 20 23 24 25
Noviembre – diciembre Declaración y pago enero 2027 13 14 15 18 19 20 21 22 25 26

El calendario de la DIAN sólo usa días hábiles. Las fechas de esta tabla son las del calendario oficial vigente para 2026.

Quiénes están obligados

  • Responsables de IVA cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año gravable anterior hayan sido iguales o superiores a 92.000 UVT, según el artículo 600 del Estatuto Tributario.
  • Los grandes contribuyentes, sin importar el monto de sus ingresos.
  • Los responsables de los bienes y servicios de los artículos 477 y 481 del Estatuto Tributario — exentos y exportadores —, que declaran bimestralmente por su régimen.

El IVA no tiene un solo calendario: tiene dos, y el que le aplica no lo elige usted. Lo define el nivel de ingresos brutos del año anterior, y cambia solo — sin aviso de la DIAN — el año en que su empresa cruza el umbral.

Ese es el error que más caro sale con este impuesto. Una empresa que creció y pasó a bimestral sigue declarando cuatrimestralmente por costumbre, y se entera cuando ya acumuló varios periodos en mora. La verificación correcta se hace en enero, mirando los ingresos brutos del cierre anterior, no en marzo cuando llega el primer vencimiento.

Qué pasa si se pasa la fecha

Presentar después del vencimiento genera la sanción por extemporaneidad del artículo 641 del Estatuto Tributario, que se liquida por cada mes o fracción de mes de retardo, más los intereses de mora sobre el saldo a pagar. La sanción la liquida el propio contribuyente dentro de la declaración.

Como se cuenta por mes o fracción, el costo no crece día a día sino a saltos: cruzar el mes de retardo suma una fracción completa. Detectar un vencimiento vencido el día 28 y presentarlo ese mismo día cuesta bastante menos que hacerlo el día 32.

Existe además la sanción mínima del artículo 639 del Estatuto Tributario, que fija un piso: por pequeña que sea la declaración, la sanción nunca baja de ese monto.

Dudas

IVA bimestral

¿El IVA bimestral se rige por uno o por dos dígitos del NIT?

Por el ÚLTIMO dígito, uno solo. Los dos últimos dígitos aplican únicamente a la declaración de renta de personas naturales. Confundirlos es la causa más común de una declaración presentada fuera de plazo creyendo estar a tiempo.

¿Cómo sé si soy bimestral o cuatrimestral?

Por los ingresos brutos a 31 de diciembre del año gravable anterior: desde 92.000 UVT se declara bimestralmente, y por debajo de ese monto, cuatrimestralmente. Como el valor de la UVT se actualiza cada año, la comparación hay que hacerla con la UVT del año correspondiente, no con la del año en curso.

¿Debo declarar si en el bimestre no tuve operaciones?

Sí. A diferencia de la retención en la fuente, el IVA no tiene la exoneración de presentar en ceros: el responsable de IVA presenta la declaración de cada periodo aunque no haya tenido operaciones gravadas. No presentarla genera sanción por extemporaneidad aunque el saldo sea cero.

¿Puedo cambiar de periodo bimestral a cuatrimestral?

No es una elección. El periodo lo determina la ley según sus ingresos del año anterior, y se mantiene durante todo el año gravable. Si sus ingresos bajaron, el cambio aplica desde el año siguiente, no desde el momento en que lo detecta.

Otros vencimientos de 2026

¿No sabe cuáles de estas obligaciones le aplican? Lo revisamos con usted.

No pierda un vencimiento en 2026

Llevamos su calendario completo: presentamos cada declaración, le avisamos antes de la fecha y le confirmamos el pago.